El intendente de Dos de Mayo, Ricardo Weber, se encuentra nuevamente en el centro de una polémica después de utilizar maquinaria municipal durante esta semana en su propiedad, según fuentes extra oficiales todo fue parte de una donación para mejorar los caminos vecinales, ya que “es difícil conseguir tierra colorada en la zona cercana a las obras”. La situación generó inquietud ya que, aunque digan que la tierra fue reutilizada, su terreno quedó mejor preparado para cualquier desarrollo futuro, lo que podría favorecer al propio intendente.
Terreno del intendente donde se hizo movimiento de suelo |
En declaraciones recientes a medios radiales, Ricardo Weber habló sobre su empresa dedicada al movimiento de suelo trayendo a colación un pedido de informes sobre el origen de las toscas usadas en el municipio a lo que el periodista Alejandro Barrionuevo de FM Show le consulta: “¿no le hace trabajos a la municipalidad no? Entrega de tosca o venta de tosca por ejemplo” a lo que el intendente responde con un sorprendido: “no, no, no”.
ESCUCHE EL FRAGMENTO DE LA ENTREVISTA:
Si nos basamos el argumento de la “donación de tierra”, la Carta Orgánica de Dos de Mayo establece normas claras para evitar conflictos de interés y asegurar que los recursos públicos se utilicen correctamente:
•Artículo 36, inciso 20: Este artículo menciona que el municipio puede aceptar donaciones, pero solo si no traen consigo ningún "cargo" o costo adicional para el municipio. Sin embargo, si la remoción de tierra del terreno del intendente implicó el uso de maquinaria, personal y combustible del municipio, es decir recursos públicos, entonces estos son costos recaen sobre la comunidad, contradiciendo la idea de una donación "sin cargo", por lo que debería haber pasado por el Concejo Deliberante.
•Artículo 66: Este artículo destaca principios éticos que los funcionarios deben seguir, como la probidad y la prudencia. La probidad exige que los funcionarios actúen con honestidad y eviten cualquier provecho personal. Por su parte, la prudencia indica que los recursos públicos deben usarse con el mismo cuidado que uno tendría con sus propios bienes. Utilizar maquinaria municipal en un terreno del intendente, aunque haya sido donado, puede ser visto como un conflicto de intereses, algo que el Artículo 66, inciso 7 prohíbe expresamente.
•Artículo 224: Este artículo estipula que todas las donaciones realizadas al municipio se integran al "tesoro" municipal. El término "tesoro" se refiere a todos los bienes y recursos de propiedad pública pertenecientes al municipio, como, por ejemplo, la tierra donada. En éste caso el uso de maquinaria municipal en la propiedad lleva a que se extraigan recursos que pasan a formar parte del "tesoro", incluso podríamos sumarle los recursos del municipio que se utilizaron para beneficiar indirectamente al propietario del terreno, en este caso, el intendente. Esto pondría en riesgo la imparcialidad en la administración de los bienes públicos, ya que el municipio actuaría como proveedor para sí mismo. De confirmarse esta conducta, podría considerarse una falta grave y conllevar sanciones legales por malversación de bienes municipales.
Este incidente pone de relieve la necesidad de una separación clara entre lo público y lo privado en la gestión municipal. Aunque la donación del intendente puede parecer un acto de generosidad, el uso de recursos públicos en su terreno plantea preguntas éticas y legales. En un contexto donde la integridad del ejecutivo es constantemente cuestionada, es crucial que cualquier duda sea abordada con total transparencia. Al parecer este miércoles ingresará un pedido de informes sobre esta situación y llevaría la firma de todos los concejales del oficialismo.